SE AMPLIA EL RANGO DE RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE, al cónyuge con sociedad conyugal disuelta y liquidada.
La corte Suprema de Justicia, en fallo reciente amplía el reconocimiento de la pensión de sobreviviente al cónyuge. Incluso, con la sociedad conyugal disuelta y liquidada.