SE AMPLIA EL RANGO DE RECONOCIMIENTO DE LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE, al cónyuge con sociedad conyugal disuelta y liquidada.

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La corte Suprema de Justicia, en fallo reciente amplía el reconocimiento de la pensión de sobreviviente al cónyuge. Incluso, con la sociedad conyugal disuelta y liquidada.

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